Mensaje del Jefe de Oficina de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, José Alfonso Suárez del Real y Aguilera; y, del Consejero Jurídico y de Servicios Legales, Néstor Vargas Solano, durante conferencia de prensa
JEFE DE OFICINA DE LA JEFATURA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, JOSÉ ALFONSO SUÁREZ DEL REAL Y AGUILERA (JASRA): ¿Qué tal? Muy buenos días tengan todas y todos ustedes.
A nombre de la Jefa de Gobierno, la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, el consejero Jurídico, licenciado Néstor Vargas –perdón, Néstor le iba yo a decir– y su servidor vamos a apuntar sobre el proyecto de Reglamento de Cementerios para esta ciudad.
Yo me quiero referir puntualmente a una directriz que la Jefa de Gobierno nos marcó de manera muy clara y contundente. El Derecho a la Memoria, como ustedes saben, para la Cuarta Transformación es uno de los Derechos de reivindicación que puntualmente hemos venido trabajando y hemos venido impulsando en los diferentes instrumentos de gobierno que, tanto a nivel del Gobierno de México como a nivel del Gobierno de la Ciudad de México y de los estados en donde gobernamos, se ha tomado como una de las prioridades de este rescate y recuperación de memorias que se habían diluido a merced del neoliberalismo.
En este caso en particular, es importante destacar y reconocer que la Ley de Secularización de Cementerios emitida por Don Benito Juárez el 31 de julio de 1859, Cuarta Ley de Reforma –para que lo recuerden ustedes–, emitida desde Veracruz, ya se contempla el espíritu del Derecho a la Memoria expresado a través de la figura que, en aquel entonces por tecnologías y por prácticas, era la usual en el mundo que, una vez pasado determinado tiempo, los restos áridos –se decía en aquel entonces– pasaban hacia un osario; de forma tal que las personas muertas tuviesen un espacio digno en donde seguir siendo recordadas por los vivos.
Y en ese contexto, en esta directriz es como venimos construyendo esta propuesta de Reglamento.
En la exposición de motivos del equipo que el consejero Jurídico ha coordinado y con pequeño apoyo de su servidor, dimos en cuenta que existen unas definiciones muy puntuales, prácticamente del 2002, en el que ubican a los cementerios como lugares de memoria social y testimonio permanente de creencias, costumbres e historias de la comunidad a la que pertenecen y que representan, y qué mejor ejemplo para asumir esta definición, que el propio Mixquic, que sería –a criterio personal– el mejor ejemplo en relación a tal definición.
En esa tesitura existe una opinión común que el cementerio es un lugar donde las cosas ya no cambian, pero esta institución es una entidad dinámica, de alto contenido simbólico, de re significación permanente que manifiesta, en formas muy concretas, el sistema de pensamiento, creencias y estructura de la sociedad a la que pertenece y trasciende.
De tal efecto que, en el Artículo Primero de esta propuesta se expresa, de manera puntual en el último párrafo, de que, además de que las disposiciones contenidas son de orden público, de interés social y observancia obligatoria en esta ciudad, tienen como finalidad establecer el régimen de los cementerios o panteones, crematorios y servicios funerarios agregamos este principio rector del Derecho a la Memoria.
Garantizar el Derecho a preservar la memoria de los difuntos de manera digna, como se remitía en la época de Juárez, y brindar la seguridad ciudadana y sanitaria para quienes en vida ejercen ese Derecho recordando a sus muertos; es decir, los cementerios, a través de este Reglamento, adquieren esa calidad de ser escenario de ejercicio de Derecho a la Memoria Trascendental, que trasciende –en el caso de los fallecidos–, y social, que ampara el ejercicio de recordar con dignidad, con seguridad y con sanidad a los muertos para los deudos de quienes permanecen en ese panteón.
Concluyo diciendo una cosa. Ustedes saben que el término cementerio es el genérico usado en los países de habla hispana, solamente habemos dos espacios en donde utilizamos el término panteón; y, en el caso de México, a mí me parece que refleja perfectamente bien lo que es nuestra idiosincrasia.
Los liberales del Siglo XIX popularizaron el hecho de que en el panteón, como producto de la Revolución Francesa, es el lugar en donde yacen los Hombres Ilustres de la República.
Y aquí, nosotros democratizamos, popularizamos ese término y decidimos que no queríamos tener cementerios, camposantos, necrópolis, nada de esos términos, sino desde prácticamente… así como nos pasó con “El Ángel”, que es la Columna de la Independencia, pero que popularmente todo el mundo habla del “Ángel”, aunque sea Ángela; en el caso de los panteones se adoptó el término “panteón” porque queremos eso, que reposen las personas ilustres de nuestras familias.
Cedo el micrófono al consejero Jurídico para que pormenorice en torno a los preceptos del Reglamento.
CONSEJERO JURÍDICO Y DE SERVICIOS LEGALES, NÉSTOR VARGAS SOLANO (NVS): Muy buenas tardes a todos.
Voy a señalar algunos de los contenidos más importantes que contiene el Reglamento de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios de la Ciudad de México.
Quiero recordar a ustedes que, el Reglamento de Panteones que existe actualmente, el vigente tiene una data de 38 años; es decir que es de 1984 y, a diferencia del que estamos presentando el día de hoy, se regulan solamente los cementerios; en este Reglamento estamos, también, estableciendo la regulación para los crematorios y también para los servicios funerarios.
Se establece, como servicio público de cementerios, el funcionamiento, la conservación, la operación de todos los cementerios y, establecemos claramente que es un servicio público que comprende los distintos rubros, como es: la inhumación, la re-inhumación, la exhumación, la cremación y el alojamiento de restos humanos; es decir, todos esos rubros se deben de contemplar cuando hablamos de un Reglamento de Cementerios.
Actualmente –como ustedes, también, saben– tenemos 118 cementerios; tenemos seis cementerios generales, cuatro civiles, tenemos 82 vecinales y tenemos 14 privados, tenemos también dos históricos: 118.
En el Reglamento se establece esta clasificación, los cementerios ahora serán solamente civiles, serán comunitarios –todos los que tienen que ver con los pueblos–, los concesionados y los históricos; esta es la clasificación que se está señalando en el Reglamento para evitar duplicidades.
Se establece muy puntualmente cuáles son las autoridades responsables en el cumplimiento de las disposiciones de los cementerios.
Las alcaldías, la Consejería Jurídica, la Secretaría de Salud por conducto de la Agencia de Protección Sanitaria, el Instituto de Verificación Administrativa tanto centralmente como las que están adscritas en las alcaldías, la Secretaría del Medio Ambiente, la Secretaría de Administración y Finanzas, la Secretaría del Trabajo y la Secretaría de Seguridad Ciudadana; todas y cada una de estas dependencias tienen muy delimitadas, puntualmente, cuáles son sus responsabilidades.
Para nosotros, es muy importante que cada una de las dependencias tenga la claridad para darle certeza jurídica a los usuarios.
Así, entre otras atribuciones, las alcaldías son las responsables de administrar, operar y supervisar todos los cementerios, los crematorios públicos; tienen que supervisar, los alcaldes, al personal que labora en los cementerios, así como el control de las actividades de los prestadores de servicios externos.
Estamos hablando de trabajadores que están adscritos a las alcaldías, pero también están los trabajadores de muchas, muchas personas que prestan sus servicios de limpieza, de albañilería, etcétera, y la alcaldía es la responsable de supervisar y de autorizar el acceso a estas personas.
Los alcaldes son los responsables de llevar a cabo las exhumaciones, de acuerdo con lo que establece la normativa y, también, de acuerdo con lo que señala en lo relativo a los memoriales.
La Consejería Jurídica autoriza el establecimiento y operación de los cementerios y crematorios; administra el Sistema de Registro, ahorita van a entender ustedes a qué nos referimos con el Sistema de Registro de Cementerios, Crematorios y Servicios Funerarios.
La agencia de Protección Sanitaria va a supervisar todo lo relativo a la materia sanitaria y va a ejercer la vigilancia en esta materia. El Instituto de Verificación Administrativa tendrá la obligación de practicar las visitas de verificación, a efecto de que se estén aplicando todas y cada una de lo que establece el Reglamento de Cementerios.
Y la Secretaría de Administración y Finanzas va a ser la responsable de controlar y, bueno, va a ser la responsable de vigilar que los trabajadores estén... esa es la encargada de remunerar a los trabajadores que están adscritos a los cementerios.
El Instituto –es, perdón, un poquito antes– el Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses también ocupa un papel fundamental en cuanto a la capacitación; se establece también, prioritariamente, una capacitación para todo el personal que esté desempeñando sus labores en los cementerios y, entonces, el INCIFO es la autoridad que va a capacitarlos a todos en el manejo de personas fallecidas.
Las alcaldías... en cuanto a los administradores, también es muy importante, deberán contar con una Unidad Administrativa a cargo de administrar los cementerios y crematorios. Estamos sugiriendo que sea la Dirección General de Asuntos Jurídicos o la de Gobierno o de acuerdo con la autonomía que tiene cada una de las alcaldías, lo decidirán los alcaldes. Asimismo, se designará una persona responsable de cada cementerio en cada demarcación territorial.
También se establece una regulación muy rígida para los concesionarios; es decir, los concesionarios tienen la obligación de tener una persona administradora responsable, tanto en los cementerios privados, concesionados, como en los crematorios, igualmente, concesionados, actualmente tenemos 14 crematorios concesionados.
Esto que estamos señalando también es muy importante, los cementerios deberán contar con un archivo físico y digital en la administración del cementerio.
Hacemos énfasis en cuanto a los requisitos que deben de tener los administradores, deben de tener estudios mínimos de bachillerato, deben de tener experiencia comprobable de dos años en materia administrativa, acreditar cursos en materia de Derechos Humanos, no discriminación, perspectiva de género, protección de datos personales, que también es muy importante este tema, deben de tener Constancia de Antecedentes no Penales, de igual manera, no haber sido inhabilitados para la prestación del servicio público y deben de aprobar un examen de Control de Confianza.
Aquí queremos hacer mucho énfasis, en virtud de que el personal que trabaja en los cementerios debe de ser un personal profesionalizado, un personal que reúna los requisitos que ya se han señalado, a efecto de tener una profesionalización en la administración de los cementerios.
También hay un fenómeno muy importante en los cementerios, que es el relativo a los prestadores de servicios externos.
Se establece que para poder realizar cualquier trabajo dentro de los cementerios deberán tener la autorización, por parte de las alcaldías; a su vez, también la Secretaría del Trabajo establecerá lo relativo a la licencia que corresponda, las alcaldías también llevarán un registro de todos estos trabajadores y prestadores de servicios externos; es decir, deben de tener un registro, quiénes son los que entran, quiénes son los que salen, si es que cuentan con la autorización, si no cuentan con la autorización.
También, la alcaldía… se establece en el Reglamento que la alcaldía podrá retirar esta autorización que se da a los prestadores de servicios externos.
En suma, lo que se está buscando es una mayor supervisión de todo el personal que tiene derecho, obviamente con la autorización y la licencia debida.
En todos y cada uno de los cementerios se va a establecer una Bitácora de Registro de Entradas y Salidas del personal que allí labore; de igual manera, del personal que entra y sale al cementerio, va a haber un control más estricto.
La prestación del servicio se establece de las 8 a las 15 horas, de lunes a domingo; los costos también se deben de publicar en la Gaceta Oficial, las tarifas máximas autorizadas por el Gobierno de la Ciudad y, también, en el caso de los concesionados, también se sugerirán tarifas máximas.
Las alcaldías deberán registrar un sistema de trabajadores y prestadores de servicios externos, un registro de las personas encargadas y, también, se establecerá, de manera muy puntual y periódicamente, la baja y los cambios que exista de este personal; de manera tal de que se tenga un control estricto en las personas que acceden y que trabajan en todos y cada uno de los cementerios.
Se establece taxativamente que, fuera del horario de servicio no habrá ninguna persona dentro de los cementerios; obviamente, con excepción de las personas que tienen las tareas de supervisión o de vigilancia.
Se establece que va a haber una serie de registros, va a haber una plataforma digital y también va a haber un registro de carácter físico; en esa plataforma digital y en los libros autorizados por la Consejería Jurídica se va a tener un registro puntual de cuántas inhumaciones se realizaron, cuántas cremaciones, los restos humanos cumplidos que se depositen en los memoriales, las re-inhumaciones, las exhumaciones; todos y cada uno de estos procesos van a tener un registro puntual en una plataforma que va a administrar la Consejería Jurídica y va a ser coordinada con la Agencia Digital de Innovación Pública.
El registro debe de ser digital y también debe de ser de manera física.
Va a haber una coordinación interinstitucional, de manera tal de que se crea la Comisión Consultiva de Servicios Funerarios.
¿Cuál es el objeto de esta Comisión Consultiva? Es coordinar, vigilar y dar seguimiento a la correcta implementación del Reglamento, así como atender las emergencias sanitarias o alguna situación extraordinaria que se presente; el caso, por ejemplo, de la pandemia en donde se creó un Centro de Mando, en el C5, en donde estuvimos coordinando todas y cada una de las necesidades relativas a las personas que fallecieron en la pandemia.
¿Por quién va a estar integrada esta Comisión Consultiva? Por todas y cada una de las dependencias que señalamos como responsables: la Consejera Jurídica, la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de Salud, la Secretaría del Medio Ambiente –que es la que vigila que los crematorios reúnan las características de emisión de contaminantes–, la SEDUVI, la Secretaría de Movilidad, la Secretaría del Trabajo, la Secretaría de Cultura y las alcaldías también van a tener participación en esta Comisión Consultiva, que dará un seguimiento a todas y cada una de las aplicaciones que establece el Reglamento.
Estarán como invitados permanentes el INAH, el INBAL, el Instituto de Ciencias Forenses, que –como ustedes saben– depende del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, el INVEA, que también pertenece a la Contraloría.
Se invitará a representantes de las asociaciones civiles y asociaciones religiosas, así como también a empresas o que tengan los servicios concesionados, lo que se trata es de hacer una Comisión Consultiva en donde tengan participación todas las dependencias y todos los involucrados y se mejore el Reglamento en todos sus ámbitos.
La seguridad, para nosotros, la seguridad es un tema muy, muy importante, de manera tal de que se establecerá un control de los accesos de los registros de las personas visitantes y –como ya lo señalamos anteriormente– un registro de todos y cada uno de los trabajadores y de los prestadores de servicios externos.
Vamos a vigilar que las personas que accedan a los cementerios no cometan conductas delictivas o infracciones administrativas, esta es una tarea que tiene que realizarla la alcaldía y que, también, en las visitas de supervisión, el Instituto de Verificación Administrativa.
Supervisar que la vigilancia perimetral de los cementerios sea la adecuada para evitar la comisión de acciones delictivas; de igual manera, esta es una responsabilidad que tienen las alcaldías.
Se va a establecer una videovigilancia en todos y cada uno de los cementerios y crematorios públicos, que va a tener conectividad al C5 las 24 horas, los 365 días del año; es decir, para nosotros es muy importante la vigilancia, no solamente de manera presencial, sino también de manera… por videovigilancia.
También, es importante señalar a ustedes que se está presentando o se va a presentar una iniciativa de reformas al Código Penal; actualmente, en el Código Penal se establece un tipo penal, en el Artículo 208, en donde se establece como tipo penal el exhumar, el ocultar, destruir o violar los sepulcros o los restos humanos; sin embargo no se establece otro tipo penal, que es el que estamos proponiendo, que es el que tiene que ver con la distribución, la comercialización, el transporte sin autorización de personas fallecidas, partes o restos humanos áridos.
Es decir que, no solamente estamos proponiendo al legislador de pasar de sanciones de tres meses a dos años –como actualmente está establecido en el Código Penal, en el Artículo 207–, sino las vamos a agravar con una pena de dos a ocho años o, en el caso de la violación a los sepulcros, pasa de uno a cinco años, para quedar de tres a ochos años.
Y también –como les comentaba–, estamos proponiendo que se penalice la comercialización, que se ha presentado comúnmente en algunas redes sociales o por medio de otros instrumentos de comercialización.
De igual manera, se establece una sanción, se agravará esta pena, si es que quienes cometen el ilícito son servidores públicos, son empleados de cementerios, empleados de crematorios, empleados de agencias funeraria que, infortunadamente, se han presentado algunos casos en donde existen indicios de que están involucrados, también, los empleados y los prestadores de servicios externos.
Este es el contenido, a grosso modo, del Reglamento.
Y, quiero terminar señalando que, para el Gobierno de la Ciudad es muy importante que en esta supervisión y vigilancia de todos y cada uno de los cementerios estén involucradas las alcaldías y, por supuesto, las dependencias que hemos señalado del Gobierno Central, pero también estamos involucrando a los actores privados, a las organizaciones civiles, a las organizaciones religiosas, a efecto de que sea una tarea de todos y sea lo más eficientemente posible.
Tenemos conocimiento que hay algunas iniciativas en el Congreso de la Ciudad, nosotros estamos abiertos y ya hemos hecho los contactos necesarios para que podamos platicar con los legisladores y podamos llevar a buen puerto esta tarea, que es una tarea no solamente del gobierno, sino también de la sociedad.
Estamos a sus órdenes.