Expide Gobierno capitalino Ley de Educación de la Ciudad de México

Publicado el 07 Junio 2021

El Gobierno capitalino informa que, a partir del martes 8 de junio, entrará en vigor la nueva Ley de Educación de la Ciudad México, en sustitución de la anterior Ley de Educación del Distrito Federal; la Ley tiene como objeto regular los servicios educativos impartidos por el Gobierno de la Ciudad de México, sus organismos descentralizados, sus órganos desconcentrados, sus entidades y por los particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.

Asimismo, busca garantizar en la capital el derecho a la educación, al conocimiento y aprendizaje en todos sus tipos, niveles, modalidades y opciones, para lo cual establece que todas las personas tendrán acceso igualitario a recibir formación adecuada a su edad, capacidades y necesidades específicas, así como la garantía de su permanencia, avance académico y, en su caso, egreso oportuno, únicamente con satisfacer los requisitos que establezcan las instituciones educativas.

Cabe resaltar que la educación impartida en la ciudad se basará en el respeto irrestricto a la dignidad de las personas, tendrá un enfoque de Derechos Humanos y hará valer el pleno reconocimiento a la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, así como de la diversidad sexual y de género.

La educación pública capitalina será gratuita, laica, inclusiva, intercultural, pertinente, democrática y de excelencia; tenderá a igualar las oportunidades y disminuir las desigualdades entre los habitantes de la ciudad y contribuirá a la mejor convivencia humana. De igual manera, se establece que las características y tipos de educación en la Ciudad de México serán los siguientes:

a. Tipos de educación: Básica, Media Superior y Superior.

b. Niveles: I. Educación Básica: inicial, preescolar, primaria, secundaria. II: Educación Media Superior: bachillerato, profesional técnico bachiller y equivalentes, y educación profesional que no requiere bachillerato o sus equivalentes. III. Educación Superior: después del bachillerato o sus equivalentes.

c. Modalidades: escolarizada, no escolarizada y mixta.

Se destaca que, dentro de la perspectiva de Derechos Humanos, el Gobierno de la Ciudad prohibirá cualquier tipo de discriminación en los planteles y centros educativos, así como de las personas educadoras y del personal administrativo del Sistema Educativo de la ciudad.

En este sentido, las personas con discapacidad auditiva tendrán el derecho a recibir educación en Lengua de Señas Mexicana y español o en su lengua indígena originaria, así como el derecho para elegir en cuál lo prefieren. Asimismo, será competencia del Gobierno capitalino impartir educación indígena buscando preservar y desarrollar sus tradiciones, costumbres y valores culturales.

Se informa, además, que la red articulada por los PILARES de la ciudad –así como el personal que labora en ellos– y los programas sociales, formarán parte del Sistema Educativo de la ciudad, bajo la modalidad de servicios educativos extraescolares; mientras que los particulares también podrán impartir educación en cualquier tipo, nivel y modalidad de estudios, siempre y cuando se apeguen a lo dispuesto en la Constitución Federal, la Constitución Local, la Ley General y la Ley de Educación de la Ciudad de México.

De igual forma, se apoyará la mejora continua de la educación pública para favorecer las condiciones de acceso, inclusión, permanencia, tránsito y conclusión de estudios a través de programas sociales; además, se señala que el Poder Ejecutivo Federal y el Gobierno de la Ciudad concurrirán al financiamiento de los servicios educativos.

Finalmente, se da a conocer a los ciudadanos que en estricta vigilancia y a fin de cumplir el objeto y disposiciones de la Ley, el Sistema Educativo capitalino será evaluado coordinadamente por la Autoridad Educativa Federal, la Secretaría y el Consejo de Participación Escolar de la capital.